Secretaría

En este apartado de nuestra web pretendemos mostrar aquella información que resulta de interés para el personal técnico del área de Servicios Sociales de las diferentes localidades de origen de nuestro alumnado, así como para orientadores o familias que tengan intención de traer a sus hijos o tutelados a nuestra residencia.

El Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 54/2012, de 6 de marzo, regula en el título VI la admisión del alumnado en las mismas y, atribuye a la Consejería competente en materia de Educación el establecimiento de la normativa necesaria para completar determinados aspectos del procedimiento de admisión del alumnado residente en estos centros.

En el desarrollo del citado Reglamento Orgánico, la Orden 28 de marzo de 2012 completa determinados aspectos del procedimiento para la admisión del alumnado residente en las residencias escolares y en las escuelas hogar. En concreto, en el artículo 96 del Reglamento Orgánico se establece la adjudicación de plazas por circunstancias de especial gravedad:

“En cualquier fecha del curso escolar, las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de educación, podrán proponer, a propia iniciativa o en nombre de los representantes legales de las personas solicitantes menores de edad, a la Dirección General competente en materia de residencias escolares, la adjudicación de plaza en una residencia escolar para el alumnado que se encuentre en circunstancias de especial gravedad de carácter personal, familiar o social, que repercutan objetivamente en el proceso de escolarización”.

Con el objetivo de unificar criterios e instrumentos de recogida de información social y educativa de los menores que soliciten plaza en residencia escolar por dichos motivos de especial gravedad, desde la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación se ha confeccionado un modelo de Informe Socioeducativo que se adjunta y que se ruega acompañe a la solicitud de residencia escolar de los/as menores cuyos tutores/as legales soliciten plaza en la misma.

Dicho informe socioeducativo será realizado por el personal técnico de los Servicios Sociales de la localidad de residencia del/de la solicitante.